¿Es obligatorio contratar a un administrador de fincas?

¿Es obligatorio contratar a un administrador de fincas?

Según la Ley, no existe ningún punto o apartado que haga referencia a que sea obligatorio contratar a un administrador de fincas profesional. Se trata, eso sí, de una posibilidad al alcance de cualquier comunidad de vecinos que aporta notables beneficios.

¿Es obligatorio que alguien ejerza de administrador de la finca?

Del mismo modo que no es necesario que se contrate a un administrador, tampoco es obligatorio que una persona realice sus funciones. Las tareas que debe llevar a cabo el administrador pueden ser realizadas por el presidente de la comunidad y sus vocales. Es decir, por un propietario. Eso sí, se trata de una labor demandante y compleja, por lo que este propietario estaría en su derecho si exige algún tipo de retribución por su trabajo.

¿Se puede tener a un administrador de fincas sin contrato?

Evidentemente, no se puede tener a un administrador de fincas sin contrato. El mero hecho de que desempeñe sus funciones y cobre un sueldo por ello, aunque sea en “B”, ya supone una relación contractual verbal.

Esto implica que, si un vecino o el propio administrador denuncian a la comunidad, esta tendrá que reconocer el contrato que impone el convenio. Además, la comunidad deberá indemnizar al profesional y contratarle formalmente.

En este sentido, si se cuenta con los servicios de un administrador de fincas colegiado, siempre es obligatorio contratarle según establece la Ley de Trabajo.

¿Quién puede hacer las tareas del administrador que son obligatorias para la comunidad?

En el caso de que no se quiera contratar a un administrador, la mejor alternativa es repartir sus funciones. De entre la gran variedad de tareas que desempeña el administrador, existen algunas que la comunidad necesita sí o sí. Muchas de ellas pueden ser realizadas por otras figuras de la finca:

  • El presidente de la comunidad.
  • El portero o el conserje.
  • La junta de vecinos.
  • El secretario de la junta de vecinos.

Tareas que puede hacer el presidente

El presidente de la finca se puede encargar de varias tareas que son obligatorias para la comunidad:

  • Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras.
  • Efectuar pagos y realizar cobros.
  • Controlar a los proveedores.
  • Dar cuenta de siniestros a las compañías de seguros.
  • Llevar la contabilidad.
  • Advertir sobre morosidades.

Tareas que puede realizar el portero o conserje

El portero o conserje pueden encargarse de:

  • Velar por el buen estado de la finca, las instalaciones y los servicios.
  • Atender a la conservación de las viviendas.

Tareas que puede realizar la junta de vecinos

La junta de propietarios puede reunirse para desarrollar en común:

  • El plan de gastos anual.
  • Los métodos de recaudación para hacer frente a los gastos de la finca.

Tareas que puede realizar el secretario

Por último, el secretario puede llevar a cabo:

  • La custodia de la documentación de las juntas.
  • Convocar las juntas y notificar a los vecinos según sea necesario.

Tareas que requieren de un administrador de fincas

En cualquier caso, existen tareas que la comunidad de propietarios no será capaz de llevar a cabo. Dada la naturaleza del administrador de fincas, solo él es la persona adecuada para:

  • Actuar como mediador en conflictos vecinales.
  • Asesorar a la comunidad en los asuntos de la finca, ya sean económicos, legales, administrativos, etc.
  • Preparar a la comunidad para que afronte inspecciones.

Más que una obligación: tranquilidad y eficiencia

Diversificar tantas tareas entre tantas personas supone varios inconvenientes:

  • En primer lugar, no hay nadie que controle a nadie. Ningún vecino estaría en posición de superioridad para exigir nada al no existir una relación contractual.
  • Tal descontrol y el hecho de que no se trata de profesionales especializados puede implicar que muchas tareas no se lleven a cabo adecuadamente.
  • A ello cabe añadir que ninguna de estas personas, salvo el conserje, dependen del desempeño de estas tareas. Su puesto de trabajo y su sueldo no están en juego si no las hacen o si las hacen mal. Esto puede llevar a la dejadez de las funciones ya sea por cansancio, desidia, despiste, etc.
  • La rutina de cada persona tendrá prioridad por lo que seguramente estas tareas se dejen siempre para el final. Demorar dichas tareas supondrá que muchas veces se hagan deprisa y corriendo.

En definitiva, no es obligatorio contratar a un administrador de fincas, pero si es muy recomendable. Al fin y al cabo, se trata de encargar estas labores a una persona que se ha preparado para ellas. Nadie las hará mejor que él. La mayor garantía de ello es que su puesto depende, precisamente, de hacer bien tales tareas. Por último, también es importante aportar que el administrador será una figura imparcial que aportará mucho equilibrio en la comunidad. Aunque no sea obligatorio, quien tiene un administrador sabe que contratarlo es una decisión acertada.

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