instalación punto de carga electrico comunidad de vecinos

¿Necesito permiso de la comunidad para instalar un punto de recarga eléctrico en la Comunidad de Madrid?

Aunque, actualmente, el coche eléctrico parece acotado exclusivamente a las viviendas unifamiliares con cargador individual en casa, resulta evidente que el futuro del coche eléctrico pasa por la instalación progresiva de puntos de recarga en los aparcamientos de los edificios de viviendas. Y es que lo más cómodo es que nuestro coche pueda recargarse por la noche.

Este tipo de recintos son los lugares en los que los vehículos pasan más tiempo, especialmente por la noche, cuando las necesidades de consumo eléctrico son menores, por lo que no solamente deben ser el principal punto de carga eléctrico, sino que también son la formula más eficiente. Hay que tener en cuenta que los garajes de la comunidad, al estar los coches conectados más tiempo, permiten administrar mejor los horarios de carga, de manera que se reduzca el riesgo de sobrecarga de la instalación por superar la potencia de la acometida del edificio.

Para ello, las comercializadoras eléctricas establecen tarifas con precios más económicos en las horas de menor demanda (de noche), fomentando así la carga de los vehículos en este horario y evitando problemas con el dimensionado de la red eléctrica actual y tener que realizar una gran inversión para ampliar la capacidad. Pero, la pregunta es: ¿se necesita permiso para instalar un punto de recarga para coche eléctrico? Lo cierto es que, como propietarios, tenemos derecho a instalar un punto de carga, pero no a enchufar nuestro coche a una toma doméstica que se encuentre en el garaje pero que no esté destinada para este fin.

Qué permisos necesito de la comunidad de propietarios para la instalación

El art. 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que: “La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad”.
Esto significa que lo único que debemos hacer es comunicar la instalación del punto de carga al presidente de la comunidad o al administrador de fincas para dejar constancia de ello. Al tratarse de una instalación realizada en una zona comunitaria del edificio, la legislación recoge la obligatoriedad de informar, pero no es necesario obtener ningún permiso por parte de la comunidad de propietarios.

Obviamente, si no hay que pedir permiso para instalar un punto de recarga, la comunidad tampoco puede negarse a su instalación, ya que es una decisión que corresponde únicamente al propietario de la plaza de garaje. Eso sí, puede que, una vez realizada la instalación, haya otros propietarios que también quieran conectarse. En estos casos el administrador de fincas será el que se ocupe de evitar que el garaje se convierta en un sitio lleno de cables y ofrecerá todas las opciones posibles para llevar a cabo la preinstalación de un punto de carga comunitario.

Donde puedo instalar mi punto de recarga

Es importante tener en cuenta el tipo de garaje comunitario en el que se quiere llevar a cabo la instalación del punto de carga.
Si se trata de una zona de garaje que se encuentra independiente de los pisos, existen dos opciones.

  • La primera es que se lleve a cabo una preinstalación desde el cuadro eléctrico del garaje, que discurra por todo el aparcamiento con sección suficiente para que, después, todos aquellos propietarios que lo deseen tengan la posibilidad de conectarse a esa línea y colocar el punto de recargar en su plaza junto con un contador que tendrá que ser leído de manera periódica para obtener los recibos y pasarlos a su usuarios correspondiente para abonarlos.
  • La segunda opción es que cada propietario interesado haga una instalación individual desde el cuadro eléctrico del garaje hasta su plaza de aparcamiento mediante un cableado de sección adecuado para un único punto de carga y la instalación del contador. El único inconveniente es que conforme se vayan haciendo nuevas instalaciones el cableado que discurre por el aparcamiento aumentará, por lo que habría que establecer como obligación que, al llegar a una cantidad de derivaciones individuales, haya que reemplazarlas por una comunitaria de mayor sección, de modo que los demás propietarios puedan conectarse más adelante.

punto de carga electrico en comunidad de vecinos

En cambio, si hablamos de un garaje asociado a los pisos, también se podrán realizar derivaciones individuales desde los propios contadores de las viviendas hasta las plazas de parking. Eso sí, en este caso, es fundamental cumplir con la normativa recogida por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) para evitar posteriores reclamaciones para solucionar defectos en futuras inspecciones del garaje.

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que el punto de carga tiene que estar ubicado dentro de la plaza de garaje y no podrá situarse en la entrada ni ocupar otra plaza de aparcamiento, ni siquiera de forma parcial. Generalmente, la parte posterior es el sitio más adecuado. En el caso de que la plaza de garaje esté aislada, puede que necesites un poste para colocarlo.

Qué pasos hay que seguir para tener un punto de carga eléctrico en mi plaza de garaje

Como hemos indicado, si queremos instalar un punto de carga para coche eléctrico, la Ley de Propiedad Horizontal establece que es obligatorio informar al Presidente de la Comunidad o al Administrador de Fincas. Dicha comunicación debe realizarse por escrito antes de empezar la instalación. Es importante que guardes una copia de esta comunicación y que esté firmada o sellada por el Presidente de la Comunidad o el Administrador para demostrar posteriormente que se ha comunicado si hubiera cualquier problema, especialmente si entregas el documento en mano. Por eso, lo ideal es enviar un burofax.

Los gastos tanto de la instalación como de consumo eléctrico corresponden al vecino que quiera colocar el punto de carga, pero desde el Colegio de Administradores de Madrid se recomienda que una vez comunicada la intención de realizar la instalación, la comunidad de propietarios encargue un proyecto para decidir cuál es el mejor lugar para instalar los contadores y el tendido de cableado hasta el punto de carga de cada una de las plazas de aparcamiento. Además, es aconsejable establecer unos requisitos mínimos para cada vecino:

  • Comunicación por parte del propietario.
  • Desde el contador del punto de carga, la línea tiene que instalarse bajo un tubo homologado y por el recorrido que pacte la comunidad de propietarios, no pudiendo usarse las cajas o conductos comunes.
  • El punto de recarga eléctrico será instalado en el muro del fondo de la plaza de parking, sin ocupar el vuelo de las plazas contiguas y siempre lo más centrado posible.
  • El pasa tubos desde el cuarto de contadores al aparcamiento irá a cargo del vecino solicitante.
  • El vecino tiene que entregar el boletín de instalación a la comunidad de propietarios.
Artículos Relacionados