Cómo establecer normas de uso para la pista de pádel en comunidad de vecinos en Madrid
En la actualidad, muchas de las urbanizaciones modernas de las grandes ciudades cuentan con instalaciones deportivas para uso y disfrutes de los residentes. Una de las más habituales es la pista de pádel, que del mismo modo que cualquier elemento comunitario, debe contar con sus normas de uso.
El caso es que, aunque pueda parecer algo sencillo, la normativa en pistas de pádel de una comunidad de propietarios puede llegar a ser fuente de numerosas polémicas y conflictos. Por eso, es fundamental dejarlo todo muy claro, pudiendo cada urbanización puede establecer sus propias reglas siempre que se cumpla con lo establecido por la Ley de Propiedad Horizontal
Pero si andas un poco perdido y quieres saber cuáles son las normas que se fijan normalmente para este tipo de instalaciones, a continuación te damos algunas orientaciones sobre ello.
Qué normas se establecen principalmente en las pistas de pádel de urbanizaciones
De la misma forma que debe regularse la gestión de una comunidad de vecinos en la provincia de Madrid, también es importante establecer las normas de funcionamiento de las pistas de pádel para evitarnos muchos quebraderos de cabeza. Y es que, aunque no lo creas, los conflictos derivados por disconformidades en el uso, el tipo de cobro o el pago del mantenimiento de las mismas pueden terminar por amargar la convivencia entre los vecinos.
Pero además, como elemento comunitario que pertenece a todos los propietarios, la gestión de la pista de pádel recae sobre toda la comunidad. Esto implica tanto el mantenimiento como la limpieza ordinaria y las obras de reparación que sean necesarias si se produce algún deterioro o avería. Normas que van más allá del mero uso de las pistas.
Reserva y gestión de las pistas de una comunidad
Este suele ser uno de los principales temas de discusión, por lo que es fundamental dejar las cosas claras en las normas de reserva de pádel. Aunque podemos encontrar excepciones, por norma general, cada propietario tiene derecho a reservar una hora de pista diaria.
Así pues, todos los vecinos tienen derecho a disfrutar de esa hora, durante la cual pueden jugar con otras personas, recibir clases de profesionales o incluso impartirlas, independientemente de si la otra persona vive o no en la comunidad. Lo importante es que al menos uno de los jugadores forme parte de la comunidad. No obstante, un vecino concreto puede jugar más tiempo si participa en las horas de juego reservadas por otros propietarios, pues nada impide que lo inviten a jugar. No obstante, cualquier cosa que se quiera modificar a este respecto puede ser incluido en las normas de las pistas de pádel de la comunidad de vecinos.
Hay algunas comunidades en las que las reservas se realizan a través de un cuadrante gestionado por el conserje, por ejemplo. Con lo cual, los propietarios que quieran reservar las pistas, tienen que acudir a la garita para apuntarse.
No obstante, no todas las urbanizaciones disponen de conserje, con lo que para evitar problemas, lo normal es que la gestión de las reservas se lleve a cabo de forma online. De esta forma, nadie puede saltarse las normas, pues todo queda registrado en el historial. Pero además, no es necesario que nadie se desplace para ir a apuntar su nombre en un papel. Siendo posible modificar o cancelar la reserva con mayor facilidad.
Qué debes saber sobre el cobro por el uso de las pistas
Normalmente, las instalaciones como piscinas o gimnasios de las comunidades de vecinos pueden disfrutarse sin que haya que realizar ningún pago extra, ya que se entiende que se encuentra incluido en la cuota mensual de cada vivienda. Pero la cosa cambia cuando hablamos de pistas de pádel, pues su uso suele estar más limitado. Por eso, en algunas urbanizaciones se establece una tarifa de acceso que previamente es votada en Junta de Propietarios.
Quién se hace cargo del mantenimiento
El art. 396 del Código Civil establece que las instalaciones, incluyendo las pistas deportivas, forman parte de los elementos comunes del edificio. Con lo cual, se comparten en régimen de copropiedad. El caso es que puede venir incluida ya en la compra de la vivienda, pero hay ocasiones en las que su construcción o instalación es posterior.
Si la pista de pádel viene ya incluida en la compra, todos los propietarios están obligados a sufragar los gastos de su mantenimiento sin excepción, incluyéndose aquellas mejoras que se lleven a cabo para permitir un uso más eficiente de la misma.
Pero si ha sido construida más tarde, únicamente están obligados a ello aquellos que aprobaron la construcción. La propuesta para su construcción debe realizarse junto con un presupuesto en una Junta de Propietarios, votando los vecinos si quieren o no proceder a su construcción. Tal como se recoge en el art. 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, se requiere el voto favorable de las 3/5 partes de los propietarios con derecho a voto que a su vez representen las 3/5 partes de las cuotas de participación.
Pero incluso si la pista de pádel ya está construida y lo que se pretende es realizar obras de mejora, los propietarios que lo consideren oportuno pueden negarse a ello si el importe supera tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, incluso en el caso de que no se le pueda privar de la mejora. Lo que queda amparado por el art. 17.4 de la LPH.